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Derechos del inquilino

Consejos para mudarse a un piso

Antes de mudarse, consiga un contrato de alquiler por escrito en el que se especifiquen claramente las condiciones del contrato, el alquiler mensual y cualquier gasto adicional. Debe de revisar la vivienda y atender cualquier defecto con el propietario. Cuando firme el contrato, asegúrese de que le den una copia y un recibo de los pagos realizados.

¿Tengo que pagar al arrendador un depósito de garantía?

Los arrendadores pueden exigir un depósito de garantía de un mes y medio de alquiler.

¿Puede el arrendador cobrar un depósito de mascotas o un costo adicional por el alquiler con mascotas?

Sí. El arrendador puede cobrar un depósito de mascotasdesde que no supere un mes y medio de alquiler. Los arrendadores pueden cobrar una cantidad adicional por el alquiler con mascota. Los arrendadores no pueden cobrar depositos o gastos adicionales por animales de servicio.

¿Puede mi arrendador negarse a aceptar una ayuda al alquiler?

No, su arrendador no puede negarse a aceptar un subsidio de alquiler. Negarse a aceptar un subsidio de alquiler puede considerarse una práctica discriminatoria y usted puede presentar una queja ante la División de Derechos Civiles de Nueva Jersey llamando al 1-866-405-3050.

¿Puede el arrendador exigirme que pague el alquiler por Internet o en efectivo?

No, los arrendadores no pueden exigirle que pague el alquiler con un método específico.

¿Tengo derecho a un período de gracia para efectuar los pagos del alquiler?

No se aplican recargos por demora desde que se reciba el alquiler en un plazo de cinco (5) días hábiles a partir del primer día del mes.

Esto sólo se aplica a las personas mayores que reciben pensiones de vejez del Seguro Social, pensiones de jubilación del ferrocarril, y a los beneficiarios de prestaciones por incapacidad del Seguro Social, Ingreso de Seguridad Suplementario o beneficios de Work First New Jersey.

¿Puede mi arrendador subir el alquiler?

Sí. El arrendador debe notificar por escrito el aumento del alquiler con treinta (30) días de anticipación al vencimiento del contrato. Los reglamentos de Control de Alquileres pueden limitar el aumento del alquiler.

¿Está obligado mi arrendador a suministrar calefacción a mi piso?

Sí. Si, la calefacción está incluida en su contrato de alquiler, el propietario está obligado desde el 1ro de octubre hasta el 1ro de mayo a mantener el apartamento a 68 grados entre las 6 de la mañana y las 11 de la noche y a 65 grados por la noche, según la ley estatal.

¿Qué debo hacer si el arrendador no suministra calefacción?

Después de avisar, si no toman medidas, llame al inspector de vivienda local, ya que puede hacer cumplir los requisitos de calefacción.

Si recibe un aviso de discontinuación de los servicios, pida a la compañía de servicios que le mantengan la calefacción encendida entre el 15 de noviembre y el 15 de marzo si usted recibe SSI, PAAD, HEAP, Lifeline Credit Program o asistencia social, o si no puede pagar las facturas por circunstancias fuera de su control.

¿Está obligado el propietario hacer reparaciones en mi piso?

Sí. Si, las reparaciones son necesarias para mantener las instalaciones vitales, el propietario está obligado a hacerlas.

Usted debe notificar al propietario por escrito la necesidad de reparaciones y concederle un plazo razonable para solucionar el problema. Si el propietario se niega a hacer las reparaciones necesarias, puede hacerlas usted mismo y deducir del costo del alquiler, o puede apartar temporalmente el alquiler.

¿Qué pasa si mi edificio de apartamentos se va a convertir en condominios o una cooperativa?

Las personas mayores y los discapacitados están protegidos contra el desalojo debido a la conversión de una propiedad en condominio o una cooperativa cuando los ingresos de la unidad familiar no son superiores tres veces a la renta per cápita del condado en el que viven o $50.000 dólares, la cantidad que sea mayor; y cuando la persona tiene más de 62 años o es el cónyuge sobreviviente de una persona mayor que ha utilizado la unidad como residencia principal durante un año y que tiene al menos 50 años de edad. La protección es válida durante un periodo de 40 años. Si tiene alguna pregunta, llame al Departamento de Asuntos Comunitarios de Nueva Jersey al 609-292-7899.

¿Me pueden desalojar?

Un inquilino puede ser desalojado por motivos como:
– Falta de pago del alquiler.
– Daños a las instalaciones deliberadamente o por negligencia grave.
– Incumplimiento de las normas y reglamentos del contrato de arrendamiento.
– Atrasos frecuentes en el pago del alquiler.
– El propietario de un edificio de tres apartamentos o menos quiere ocupar personalmente su apartamento o vender el edificio a un comprador que quiera vivir en su apartamento.

¿Puede el propietario echarme de mi piso?

No. Sólo un funcionario judicial puede llevar a cabo un desalojo. Si su arrendador intenta echarlo o cambiar las cerraduras, debe llamar a la policía.

¿Cómo funciona el proceso de desalojo?

El propietario presenta una demanda ante el tribunal exponiendo los motivos del desalojo. El tribunal emite una citación y una demanda al inquilino. Póngase en contacto con el tribunal si es descapacitado y necesita una adaptaciónes o servicios de interpretación para la fecha del juicio.

Si no se presenta al juicio, el juez dicta una sentencia de posesión. En la fecha del juicio, tendrá la oportunidad de llegar a un acuerdo.

Si no se llega a un acuerdo, el juez toma una decisión en el caso. Si el propietario no prueba el caso, éste será desestimado. Si el propietario prueba el caso y el juez considera que el inquilino no tiene defensa, el juez dictará una sentencia de posesión. Un oficial del tribunalsólo puede hacer un bloqueo como mínimo diez días después de la fecha de su juicio.

¿Qué pasa con mis pertenencias?

El propietario no puede deshacerse de las pertenencias que le queden y tiene que avisarle con al menos 30 días de anticipación antes de deshacerse de sus pertenencias.

Consejos para mudarse de un piso

Los inquilinos deben dejar la vivienda limpia. Tome fotos de la vivienda antes de devolver las llaves al propietario. Facilite al propietario una dirección nueva a la que pueda devolverle el depósito de garantía. En el momento de la mudanza, deberá desconectar todos los servicios públicos.